La Contratación Directa son aquellas contrataciones que sean inferiores al
monto equivalente a dos mil jornales mínimos.
La contratación directa se llevará a cabo de la siguiente manera:
a) Se invitará por escrito y a través del Sistema de Información de las
Contrataciones Públicas (SICP) a los potenciales oferentes para que presenten ante la
Unidad Operativa de Contratación (UOC) su oferta técnica y económica, en sobre
cerrado o virtual;
b) El acto de presentación y apertura de ofertas podrá hacerse sin la presencia
de los oferentes;
c) Para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con un mínimo de tres ofertas susceptibles de analizarse técnica y económicamente,
atendiendo al tipo de procedimiento de que se trate, salvo que, por la naturaleza de los
bienes o los servicios o los fines que se persigan con la contratación, no sea posible
contar con el número indicado de oferentes, en cuyo caso, bajo la responsabilidad de
la máxima autoridad del organismo, de la entidad o de la municipalidad, se podrá hacer
la contratación directa sin necesidad de ese mínimo de ofertas, debiendo en todo caso
asegurar al Estado Paraguayo las mejores condiciones de contratación;
d) En las invitaciones se indicarán, como mínimo: la cantidad, descripción y
especificaciones técnicas de los bienes, servicios u obras requeridos, plazo y lugar de
entrega o ejecución, así como condiciones de pago;
e) Los plazos para la presentación de las ofertas se fijarán para cada operación,
atendiendo al tipo de bienes, servicios u obras requeridos, así como a la complejidad
para elaborar la propuesta;
f) Se harán efectivas las demás disposiciones de la ley que resulten
aplicables.
Las ofertas se aceptarán siempre que provengan de personas físicas o jurídicas que
cuenten con la solvencia técnica, económica y legal suficiente para responder a los
compromisos asumidos frente al Estado Paraguayo y que su actividad comercial o industrial
se encuentre vinculada con el tipo de bienes, servicios u obras a contratar.Fuente (Ley 2051/03)  |